Niveles de Ingesta Superior Tolerable (UL)

6 de marzo de 2024

El Nivel de Ingesta Superior Tolerable o Tolerable Upper Intake Level (UL) es un término utilizado en nutrición para referirse al máximo nivel de ingesta diaria de un nutriente específico que es poco probable que cause efectos adversos para la salud en la mayoría de las personas. Es importante entender que el UL no representa una recomendación para la ingesta diaria, sino que indica un nivel máximo seguro. Este valor se establece para nutrientes que pueden ser potencialmente tóxicos en dosis altas, como ciertas vitaminas y minerales.

El UL se determina mediante evaluaciones científicas que consideran datos sobre la ingesta dietética, estudios de toxicidad y otros factores relevantes. Se establece con un amplio margen de seguridad para proteger a la población general, incluidas las personas más sensibles.

En 2020 la Comisión Europea (CE) solicitó a la EFSA la revisión de los Niveles de Ingesta Superior Tolerable (UL) para la inclusión de vitaminas y minerales en alimentos. La Comisión Europea retomó este trabajo con el objetivo de completarlos antes de que concluya su mandato en este año 2024. Aunque hasta el momento se han revisado los UL de la vitamina B6, cobre, selenio y folato, es probable que estos trabajos se prolonguen debido a su complejidad.

En noviembre de 2023 la AESAN actualizó en su web un documento donde indica los niveles máximos de ingesta admisible (UL) para algunas vitaminas y minerales evaluados por la EFSA. Es importante tener en cuenta de que no se trata de mandatos legislativos sino recomendaciones que indican los niveles a los cuales la adicción de vitaminas y minerales se considera segura en alimentos. Estas recomendaciones son provisionales, a la espera de la finalización de los trabajos de la EFSA sobre las cantidades máximas de vitaminas y minerales que pueden añadirse a los alimentos, y la consiguiente publicación de la legislación correspondiente. Esto incluye los nuevos dictámenes publicados por la EFSA sobre selenio y vitamina B6, los cuales reducen los UL previamente establecidos.

Es importante tener en cuenta que, hasta la fecha, la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre complementos alimenticios, así como el Reglamento CE 1925/2006 sobre vitaminas, minerales y otras sustancias añadidas a los alimentos, contemplaban la adopción de valores específicos para los niveles máximos y mínimos de vitaminas y minerales en complementos alimenticios, aunque aún no se han establecido.

Por lo tanto, estos niveles no poseen un valor legal, pero sirven como referencia para la gestión del riesgo tanto de los operadores alimentarios como de las autoridades de control, garantizando el cumplimiento de la obligación de comercializar únicamente alimentos seguros.

En caso de tener alguna duda al respecto, les invitamos a ponerse en contacto con nosotros. Vitexana es una consultoría especializada en complementos alimenticios que ayuda a empresas a comercializar sus productos en Europa cumpliendo con las normativas vigentes. Estaremos encantados de responder sus preguntas. Contáctenos a través del formulario de contacto de nuestra web o llamándonos al +34690715135.

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