Etiqueta de un complemento alimenticio: ¿Qué debe incluir?

18 de enero de 2023

En este artículo hablaremos de las menciones obligatorias que debe incluir por ley la etiqueta de un complemento alimenticio. Como ya hablamos anteriormente, los complementos alimenticios son considerados productos alimenticios, y por ello, deben cumplir con el reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Teniendo en cuenta lo indicado en el reglamento anteriormente mencionado, podemos resumir las menciones obligatorias que deben aparecer en el etiquetado de un complemento alimenticio en los siguientes 11 puntos:

  1. Debe indicarse la denominación del alimento que en este caso es “complemento alimenticio”.
  2. La lista de ingredientes: debe estar precedida por la palabra “ingredientes” y deben aparecer todos los ingredientes que contenga ordenados de mayor a menor.
  3. La cantidad neta de alimento.
  4. El modo de empleo: indicando cómo y en qué cantidad se debe tomar.
  5. La dosis diaria recomendada: indicando la cantidad que se debe tomar por día.
  6. La forma de presentación: pueden ser cápsulas, comprimidos, jarabe, aceite, etc.
  7. Frases específicas para los complementos alimenticios indicadas en la directiva 2002/46/CE: se debe incluir la advertencia de no superar la dosis diaria expresamente recomendada; la afirmación de que los complementos alimenticios no deben utilizarse como sustituto de una dieta equilibrada; y por último, la indicación de que el producto se debe mantener fuera del alcance de los niños más pequeños.
  8. El modo de conservación adecuado al producto.
  9. La fecha de caducidad.
  10. El número de lote.
  11. La dirección del responsable de comercialización. Se debe indicar también si el producto ha sido fabricado dentro o fuera de la UE.

Otros aspectos a tener en cuenta en el etiquetado de un complemento alimenticio son los siguientes:

  • Al tratarse de alimentos no se les puede atribuir la capacidad de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad y no está permitido que se refieran a esas propiedades en las etiquetas ni el material de acondicionado. Las frases y declaraciones saludables indicadas deben estar aprobadas previamente por la EFSA o la Comisión Europea.
  • En el caso de los complementos alimenticios no es necesario indicar la información nutricional. Lo que sí que se debe declarar es la cantidad de sustancias que contienen un efecto nutricional o fisiológico. En el caso de las vitaminas y minerales se debe indicar también el porcentaje Valores de Referencia de Nutrientes (VRN).

A la hora de poner un complemento alimenticio en el mercado europeo es importante que verifiques que la información proporcionada al consumidor cumple con todo lo indicado anteriormente. Además, como hablamos en el anterior post de nuestro blog, el producto debe ser notificado de forma simultanea o anterior a su puesta en el mercado.

En Vitexana estamos especializados en aspectos legislativos para complementos alimenticios y asesoramos a nuestros clientes para que puedan salir a mercado en la mayor brevedad posible y seguros de estar cumpliendo con la normativa europea. ¡Contáctanos para más información!

 

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