Restricciones en complementos alimenticios con extractos de té verde.

26 de septiembre de 2023

A finales del año pasado se publicaba un nuevo reglamento que incorporaba algunas restricciones para los alimentos o complementos alimenticios que contienen té verde. Este reglamento se publicó para limitar la cantidad de 3-galato de epigalocatequina (EGCG) que pueden contener los alimentos.

¿Qué es 3-galato de epigalocatequina (EGCG)?

El 3-galato de epigalocatequina (EGCG) es una catequina presente en el té verde a la que se le atribuyen muchos de los efectos beneficiosos de esta planta, como la actividad antioxidante, la salud cardiovascular, el control de peso, la salud cerebral y las propiedades anticancerígenas.

¿Por qué está restringido el uso del 3-galato de epigalocatequina (EGCG)?

Sin embargo, también se ha observado que cuando esta sustancia se presenta en dosis altas puede presentar efectos secundarios principalmente a nivel hepático y renal. Por esta razón, en 2018 la EFSA evaluó la seguridad de las catequinas presentes en el té verde. En esta evaluación se expone que cuando se trata de infusiones de té verde la ingesta media diaria está entre 90 y 300 mg de EGCG, pero en el caso de los complementos alimenticios la dosis diaria de EGCG podría variar entre 5 mg a 1000 mg por día. Debido a los efectos secundarios observados de algunos extractos de té verde a dosis altas se concluyó que una ingesta igual o superior a 800 mg de EGCG/día como complemento alimenticio puede inducir daños a nivel hepático.

Por esta razón el pasado 1 de diciembre de 2022 se publicaba el Reglamento (UE) 2022/2340 de la comisión de 30 de noviembre de 2022 por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los extractos de té verde que contienen (–) 3-galato de epigalocatequina (EGCG).

En este reglamento se hace efectiva la restricción de que no se deben superar los 800 mg de EGCG, y se incorpora este ingrediente al anexo III del Reglamento (CE) 1925/2006 de sustancias cuyo uso está prohibido, restringido o sujeto a control en alimentos.

El nuevo Reglamento también incorpora varias advertencias en información que deben añadirse en el etiquetado de productos que contengan extracto de té verde. A continuación te las explicamos:

  • Se debe indicar la dosis diaria máxima recomendada de alimento junto con la advertencia: “no debe consumirse una cantidad diaria de 800 g o más de (–) 3-galato de epigalocatequina.”
  • La etiqueta indicará el contenido de 3-epigalocatequina por dosis diaria recomendada del alimento.
  • Se añadirán además las siguientes advertencias:
  • “No debe consumirse si ya se consumen en el mismo día otros productos que contengan té verde.”
  • “No debe ser consumido por mujeres embarazadas o en período de lactancia, ni por menores de 18 años.”
  • “No debe tomarse con el estómago vacío.”

Es importante señalar que quedan excluidos de estas restricciones los extractos acuosos de té verde que contengan (–) 3-galato de epigalocatequina y que, tras haberse reconstituido en bebidas, tengan una composición comparable a la de las infusiones tradicionales de té verde.

 

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